Diario Constitucional

Confirió traslado a las partes de la gestión pendiente.

Normas sobre regularización de la posesión de pequeñas propiedades raíces, será revisada por el Tribunal Constitucional en sede de inaplicabilidad.

El requirente alega que se le ha despojado de su propiedad mediante un procedimiento fraudulento, vulnerando sus garantías constitucionales.

Por Redacción·08 de septiembre de 2022·6 min de lectura
Norma que establece que el avalúo fiscal de un inmueble fijado por el SII sólo puede reclamarse por algunas causales, será examinada por el Pleno del Tribunal Constitucional.
Referencial

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 15, 16 y 26 del DL N° 2.695, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella.

Los preceptos legales impugnados establecen:

“La resolución del Servicio que acoja la solicitud se considerará como justo título. Una vez practicada su inscripción en el Registro del Conservador de Bienes Raíces, el interesado adquirirá la calidad de poseedor regular del inmueble para todos los efectos legales, aunque existieren en favor de otras personas inscripciones que no hubiera sido materialmente canceladas. Transcurrido un año completo de posesión inscrita no interrumpida, contado desde la fecha de la inscripción, el interesado se hará dueño del inmueble por prescripción, la que no se suspenderá en caso alguno”. (Art. 15).

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