Segunda sala.
TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas de la Ley Emilia para determinar penas que vulnerarían debido proceso en caso de manejo en estado de ebriedad.
La gestión pendiente invocada recae en un proceso seguido ante el Juzgado de Garantía de San Antonio.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 196 bis números 2 y 5, y el artículo 196 ter, ambos de la ley N°18.290 de Tránsito. Ambos preceptos fueron incorporados en virtud de la llamada “ley Emilia”.
La gestión pendiente invocada recae en un proceso seguido ante el Juzgado de Garantía de San Antonio por el delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad con resultado de muerte.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados.
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