TC rechaza requerimiento penal
TC no admite a trámite requerimiento contra norma que limita apelación en juicios penales
Certificado no contiene todas las menciones referidas a la gestión pendiente. Se impugnaron las frases que restringen la apelación al Ministerio Público. El requirente alegó vulneración a la igualdad ante la ley y al debido proceso.

La Primera Sala de la Magistratura Constitucional no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de las frases «cuando lo interpusiere el Ministerio Público«; y «de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del artículo precedente«, contenidas en el artículo 277, del Código Procesal Penal.
Esta disposición se refiere al auto de apertura del juicio oral y la información que se debe consignar en la resolución, entre otras, las pruebas que se rendirán en el juicio oral. La misma norma establece que: “De las resoluciones dictadas en la audiencia de preparación del juicio oral, sólo será apelable aquella que se pronuncie sobre la exclusión de pruebas, cuando lo interpusiera el Ministerio Público, de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del artículo precedente”.
Del mismo modo, el juez excluirá las pruebas que provinieren de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas y aquellas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales. (Art. 276, inciso 3º Código Procesal Penal).
Temas
Te puede interesar

Recurso de casación acogido con voto en contra.
Principio acusatorio obliga al tribunal a valorar exclusivamente los hechos sobre los que las acusaciones fundan su pretensión, resuelve Tribunal Supremo de España.

Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.
Norma que establece que son inhábiles como testigos los trabajadores de la persona que exige su testimonio, no produce resultados contrarios a la Constitución.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Autoridades lituanas no violaron el Convenio Europeo de Derechos Humanos en relación a empresas vinculadas al gobierno ruso.

