Noticias

Deber de seguridad.

Juzgado de Letras del Trabajo de Calama rechazó demanda de indemnización de perjuicios por accidente laboral intentada por una cajera de supermercado.

El tribunal estimó que la demandada no incumplió con su deber de seguridad.

11 de marzo de 2021

El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por accidente laboral intentada por una cajera del supermercado Unimarc.

La sentencia refiere que la actora fundó su pretensión señalando que, el 18 de abril de 2018, mientras se encontraba en la caja cumpliendo sus funciones habituales, sufrió un accidente de trabajo a consecuencia de una caída producida por el mal estado de la silla que ocupaba, sufriendo un fuerte golpe en su columna vertebral,  lo que informó a los funcionarios de recursos humanos y fue trasladada a mutual de seguridad, añadiendo que, a la fecha de la presentación de la demanda, se encontraba con diversos tratamientos médicos.

Agrega que la demandada contestó la demanda, refutando la narración de los hechos contenidos en el libelo pretensor, exponiendo que, mientras atendía a unos clientes, la actora efectuó un movimiento brusco hacia su lado izquierdo y comenzó a experimentar subsecuentemente dolencias, estimando que la causa de dicho malestar fue la exposición imprudente y descuidada de la propia actora o, en subsidio, un caso fortuito.

Al efecto, el tribunal señala que, del mérito de la prueba incorporada al juicio, se acreditó que la actora sufrió un accidente de trabajo, sin embargo, advierte discordancia entre lo expuesto en la demanda y lo declarado por los testigos de ambas partes, así como lo señalado por la misma actora al momento de realizar la denuncia ante el organismo de la mutual de seguridad, en cuanto los medios probatorios acreditaron que el accidente ocurrió mientras la actora estaba atendiendo un cliente, quien le pidió una bolsa, por lo que se agachó a buscarla y sintió un tirón a nivel lumbar, quedando con dolor.

Así, prosigue la sentencia, siendo la misma actora quien manifestó que la causa de su accidente fue un movimiento mal ejecutado, sin hacer referencia a ninguna silla en mal estado, como se relata en la demanda, no es posible arribar a que éste se produjo por incumplimiento del deber de seguridad que pesa sobre el empleador, en virtud de lo dispuesto en el artículo 184 del Código del Trabajo.

Finalmente, en relación a las consecuencias que la actora sufrió a raíz del accidente, sostiene que el informe pericial incorporado al juicio fue concluyente al establecer que el accidente no implicaba una incapacidad superior al de 21 días, aclarando que todas las patologías presentadas por la actora correspondían a enfermedades o condiciones preexistentes a la fecha del incidente, coligiendo, por tanto, que no pueden ser atribuidas al empleador.

En definitiva, rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo en todas sus partes.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Juzgado de Letras del Trabajo de Calama RIT O-119-2020.

 

RELACIONADOS

Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acogió demanda de indemnización de perjuicios por daño moral en razón de accidente del trabajo sufrido por el actor. – Diario Constitucional…

Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo interpuesta por un conductor del Transantiago. – Diario Constitucional…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *