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"El fallo presentado para su comparación Rol N°298-2014 de la Corte de San Miguel, parte de presupuestos fácticos diversos al del presente juicio".

CS confirma fallo que acogió demanda por despido injustificado de vendedor en terreno de pizarras.

El máximo Tribunal desestimó el arbitrio especial, tras constatar que la sentencia de contraste acompañada por la recurrente se refiere a una materia diversa a la que se pretende unificar.

5 de abril de 2021

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la sociedad Ibéricas SpA (Etersol) en contra de la sentencia que acogió demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales de vendedor en terreno de la empresa en Temuco.

La sentencia indica que realizado el examen de la concurrencia de los presupuestos enunciados en la motivación precedente, tal exigencia no aparece cumplida en la especie, desde que el fallo que ha servido de sustento al recurso extraordinario en análisis no cumple con el requisito de presentar concepciones o planteamientos jurídicos disímiles respecto de la sentencia que se impugna, y que denoten una divergencia doctrinal que deba ser resuelta y uniformada.

La resolución agrega que, el fallo presentado para su comparación dictado en los autos Rol N°298-2014 por la Corte de Apelaciones de San Miguel, parte de presupuestos fácticos diversos al del presente juicio, pues se refiere a un caso en el que la judicatura tuvo por acreditado que el trabajador realizó actividades tendientes a la prestación de los servicios que ofrecía su empleador a través de una página web, procediendo al reclutamiento de personal para la empresa de su propiedad, realizando trabajos similares a los contemplados en el giro del empleador, cuestión distinta al caso sub lite, según lo expuesto en la motivación tercera de este fallo.

“Que, de lo expuesto, queda de manifiesto que el fallo acompañado por la recurrente, no contiene una distinta interpretación sobre la materia de derecho objeto de este juicio, pues se refiere a situaciones fácticas diversas, no cumpliéndose con el presupuesto contemplado en el inciso 2° del artículo 483 del Código del Trabajo, lo que conduce a desestimar el presente recurso de unificación de jurisprudencia”, añade.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Nº25.181-2019, Corte de Santiago Rol Nº508-2018 y de primera instancia RIT O-613-2018

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