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Inadmisibilidad recurso de apelación.

Si se acoge parcialmente la reclamación de ilegalidad y reduce sustancialmente la multa impuesta como el reclamante lo solicitó, en subsidio, el recurso de apelación es inadmisible porque queda desprovisto de agravio o perjuicio.

El objeto perseguido en subsidio por el reclamante se logró, toda vez que fue condenada a pagar una multa considerablemente menor que la impuesta inicialmente por el órgano fiscalizador.

9 de agosto de 2022

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por Empresas Gasco S.A. en contra de la sentencia de la Corte de Punta Arenas que acogió parcialmente su reclamación de ilegalidad respecto a la resolución sancionatoria de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) rebajando la multa que le venía impuesta de 800 a 400 UTM.

La SEC sancionó a la empresa de gas por desconocer sus redes de distribución en el sector ubicado frente a la calle Pedro Bórquez N°0766, de la comuna de Punta Arenas, no especificando sus planos el cruce de calle de la tubería de acometida en este lugar donde se ocasiona un siniestro, y por la entrega de los mismos a la Constructora Vilicic S.A., conductas que infringen lo dispuesto en los artículos 6 y 8 inciso 2 del Decreto de Economía N°280 de 2009, que aprueba el Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas de Red, respectivamente.

En su reclamación ante la Corte de Punta Arenas, GASCO solicitó dejar sin efecto la resolución sancionatoria y, en subsidio, que se rebaje sustancialmente el monto de la multa.

La Corte acogió la segunda petición y redujo la multa a 400 UTM, esto es, la mitad, decisión en contra de la cual la empresa apeló.

El máximo Tribunal, al realizar el examen de admisibilidad del recurso de apelación, señala que “(…) la sentencia apelada por Gasco, acogió parcialmente la reclamación de ilegalidad rebajando la multa impuesta en un cincuenta por ciento, esto es, de 800 a 400 UTM, reducción que no puede sino ser considerada como sustancial. Como se advierte, el objeto perseguido en subsidio por el reclamante se logró, toda vez que fue condenada  a pagar una multa considerablemente menor que la impuesta inicialmente por el órgano fiscalizador”.

En base a ese antecedente, el máximo Tribunal resolvió declarar inadmisible el recurso de apelación, pues “(…) la decisión impugnada, al hacer lugar a la petición subsidiaria del reclamante, dejó al arbitrio en estudio desprovisto del perjuicio o agravio indispensable para que éste pueda ser admitido a tramitación”.

Vea sentencias Corte Suprema Rol N° 8443-2022 y Corte de Punta Arenas Rol N°2-21

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