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Uso excesivo de la fuerza.

TEDH condena a Rumania por un procedimiento policial fallido que concluyó con la muerte de un hombre inocente.

El Estado no explicó si se había establecido un marco legislativo y administrativo adecuado para proteger a los ciudadanos contra la arbitrariedad y el abuso de la fuerza. La policía respondió a la víctima que intentaba escapar en términos de que no pueden considerarse como “nada más que absolutamente necesario.

1 de septiembre de 2022

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), condenó al Estado rumano a pagar una indemnización pecuniaria por el asesinato de un hombre a manos de efectivos de seguridad durante un procedimiento policial, tras constatar errores en su planificación.

En un confuso procedimiento una persona fue asesinada por efectivos policiales tras ser confundida con un delincuente, mientras se desplazaba en su vehículo que fue rodeado por policías quienes dispararon sobre el auto sin previo aviso. Acto seguido la victima dio marcha atrás e impacto a un agente que lo remató de un disparo en la cabeza.

La cónyuge de la víctima demandó al Estado por excesivo uso de la fuerza con resultado de muerte. Durante más de 11 años el caso fue conocido en distintas instancias judiciales, hasta que los tribunales concluyeron que los policías actuaron en defensa propia y que el disparo final fue accidental.

Tras agotar las instancias nacionales, la actora dedujo demanda ante el TEDH.

En sus consideraciones de fondo, el Tribunal observa que las cortes nacionales incurrieron en errores sustanciales, puesto que no realizaron  una investigación exhaustiva sobre el accionar de los efectivos y la planificación del procedimiento. Además, las pesquisas realizadas fueron tardías e insuficientes.

Respecto a la operación policial, señala “(…) que las autoridades solo explicaron superficialmente cómo fue posible que los agentes cometieran un error tan significativo; existen dudas de que los involucrados en los hechos hubieran sido claramente identificables como policías; y no se habían hecho arreglos para que una ambulancia estuviera lista, a pesar de que la operación involucraba una gran cantidad de oficiales y el arresto de un sospechoso potencialmente peligroso”.

En definitiva, el TEDH concluye que “(…) el Estado no explicó si se había establecido un marco legislativo y administrativo adecuado para proteger a los ciudadanos contra la arbitrariedad y el abuso de la fuerza. La forma en que la policía respondió a la amenaza percibida de que la víctima intentaba escapar no puede considerarse como “nada más que absolutamente necesario”. En particular, la operación no había sido planeada para minimizar el riesgo para su vida. Por lo tanto, se violó el artículo 2”.

Al tenor de lo expuesto, el Tribunal condenó a Rumania por violar del derecho a la vida, consagrado en el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Además, le ordenó pagar 65.000 euros por concepto de reparación y 8.630 euros en costas.

 

Vea sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos 265/2022.

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