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Imagen: Diario Concepción.
Recurso de protección acogido.

Compañía eléctrica es obligada a refacturar los consumos eléctricos de una clienta afectada por cobros excesivos.

De acuerdo al informe emitido por la SEC, la empresa no logró justificar el monto reflejado en las boletas de consumo eléctrico, teniendo en consideración que los artefactos que mantiene la recurrente en su propiedad son de bajo consumo eléctrico.

19 de octubre de 2022

La Corte de San Miguel acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Compañía General de Electricidad S.A. (CGE), en razón de cobros excesivos por los servicios de suministro de energía eléctrica en el domicilio de uno de sus clientes.

La actora señala que desde el año 2018 la recurrida comenzó a realizar una serie de cobros excesivos reflejados en su cuenta eléctrica. Indica que ha presentado varios reclamos ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), los que han sido resueltos a su favor, pero la empresa no ha acatado, ya que accede a realizar descuentos, pero por un monto menor al que corresponde efectuar.

Afirma que el monto cobrado en exceso alcanza los $18.000.000.-, en circunstancias que su consumo es normal y los medidores de luz se encuentran a libre disposición para su fiscalización. Solicita se constate que los cobros son excesivos y se declaren nulos, debiendo sólo pagar su consumo real.

Evacuó su informe CGE, solicitando el rechazo del recurso. Niega la existencia de un actuar ilegal o arbitrario de su parte, e indica que la acción resulta improcedente respecto de la materia de autos, puesto que los hechos que fundan el recurso fueron puestos en conocimiento y resueltos por la SEC, no pudiendo recurrir de protección en contra de la compañía eléctrica intentando obtener un resultado diverso a lo resuelto por una autoridad administrativa, si al mismo tiempo no se impugna la misma resolución.

Señala que, ante el requerimiento de la autoridad administrativa sectorial, en mayo de 2019 se realizó la reprogramación del medidor, evitando con ello el cobro de 4.642 KWh. Además, hace presente que el año 2021 la empresa realizó una rebaja por un monto de $465.953.-, ajuste que se encuentra actualizado en su base comercial.

Respecto de la deuda de $18.000.000.- a la que alude la recurrente, CGE indica que ella no ha sido cobrada y se encuentra en evaluación, agregando que se procedió al cambio de medidor por uno nuevo, todo lo cual ha resultado en el cobro de montos muy inferiores en los meses de enero y febrero de 2022.

Finalmente, asegura que el recurso de protección no cumple con los presupuestos mínimos para ser acogido, toda vez que el mismo no señala cuál o cuáles serían las garantías constitucionales supuestamente afectadas.

Informó también la SEC, señalando que la compañía eléctrica no logró justificar el monto total que le ha facturado a la recurrente a la fecha ni menos explicar cómo un consumo que eran de 30 mil pesos mensuales pasó a ser de más de 400 mil pesos para el mismo período de tiempo. Añade que personal de la Superintendencia se constituyó en el domicilio afectado, constatando que en la propiedad sólo existen artefactos de bajo consumo, descartándose también la presencia de fugas de energía eléctrica.

La Corte de San Miguel acogió la acción de protección. El fallo determina, conforme a los antecedentes recopilados, en especial la revisión realizada por personal de la SEC, que “existirían inexactitudes en los cobros realizados por la recurrida a la usuaria, lo que se traduce en montos sin justificación que naturalmente la colocan en una situación de amenaza a sus garantías constitucionales, ante la inminencia de gestiones de cobro por deudas que no tendrían relación con la realidad y por montos excesivos”.

Por tales consideraciones, acogió la acción impetrada en contra de la Compañía General de Electricidad, sólo en cuanto “la compañía recurrida deberá refacturar los consumos del inmueble de la recurrente a contar del año 2019 a la fecha, en base a los nuevos antecedentes obtenidos, el cambio de medidor realizado, y el análisis y reevaluación referidos a fin de determinar los consumos reales adeudados”.

 

Vea sentencia Corte de San Miguel Rol N° 13252-2022.

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  1. Cge gastos exagerados vivo en departamento y llueve y se cae un cable nunca an venido y cambiado solo lo vuelven a poner e estado semana entera sin luz

  2. Buenas tardes, también soy parte de la gran cantidad de personas que la empresa CGE ha cobrado en forma excesiva. Llevo ya 5 reclamos con la Superintendencia y estamos a la espera de una respuesta que debe llegar a mediados de enero, por parte de la empresa CGE. En mi caso, los reclamos contemplan los años 2021 y 2022 y la suma ya va en casi 700.000 pesos (muy por debajo de la noticia anterior), cuando debería ser de un máximo de 30.000 pesos. Tuve que deshabitar mi hogar para que siguieran los altos cobros y tampoco la puedo arrendar porque el arrendatario pagará valores excesivos cada mes y mi única opción es vender ya que estoy en período de cesantía. Es dable hacer presente no permitir que el medidor nuevo o el que se debe cambiar, no sea el que llaman «inteligente» por la empresa CGE, ya que es mucho más complejo y existen muchos más reclamos. Estoy buscando por diferentes medios para poder salir de este grave problema que nos deja estancados. Considerar que, la atención presencial por parte de la empresa CGE es horrible, me trataron como una ladrona y con amenazas. Por favor, como digo, somos muchos los que estamos con este problema, pero pocos los que reclamamos con harta paciencia y tiempo. No sé a quién más recurrir. Muchas gracias.