Sin influencia sustancial en lo dispositivo del fallo.
El fallo que motiva el recurso de unificación de jurisprudencia no contiene un pronunciamiento sobre la materia de derecho respecto de la cual se persigue la unificación de jurisprudencia, por lo que la impugnación es improcedente.
Ex funcionaria municipal demandó por tutela laboral, acción que fue desestimada por impetrarse fuera del plazo de caducidad, no obstante, en sus recursos de nulidad y unificación solo reclamó por la permanencia en el tiempo de los hechos demandados, sin profundizar en las normas vulneradas y su influencia en lo dispositivo del fallo cuestionado.

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de San Miguel, que desestimó el recurso de nulidad presentado en contra del fallo de base, que acogió la excepción de caducidad y no hizo lugar a la demanda interpuesta en contra de la Municipalidad de La Granja.
Se demandó por tutela laboral a la Municipalidad de la Granja. La demandante expresa que, desde el 2012 trabaja como psicóloga en un centro de salud familiar de la comuna, lugar en el que acusa vulneración a su derecho a la integridad psíquica, luego de una serie de tratos laborales hostiles de parte de sus superiores y compañeros de trabajo, entre los años 2016 a 2019, producto de las licencias médicas presentadas por el delicado estado de salud de su hijo nacido a inicios de 2016.
La actora indica que, desde el retorno de su descanso post natal, la jefatura no responde a sus requerimientos, y ha sido reubicada en diversas labores reiteradamente, recibiendo comentarios inapropiados e insidiosos de sus jefes y compañeros, en atención a sus ausencias al trabajo para cuidar a su hijo; por lo tanto, pide acoger la acción de tutela y condenar al municipio a disculparse públicamente por escrito, y el pago de una indemnización a titulo de daño moral por $17.000.000.
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