España
Trabajador es despedido por abandonar el grupo de WhatsApp de su empresa.
Si bien el empleador fundó el despido únicamente en una “mala situación económica”, el afectado lo atribuyó a su reticencia a recibir los mensajes de aquel grupo en su teléfono celular, en el cual estaban incluidos tanto su jefe como los trabajadores de la compañía. Ello lo obligaba a recepcionar mensajes incluso después de su jornada laboral.

Un hombre que trabajaba en la cafetería de un hospital de la ciudad de Cádiz (España), fue despedido por su negativa a permanecer en el grupo de WhatsApp creado por su empleador. Así lo informó la Confederación General del Trabajo (CGT), en la cual está afiliado el trabajador afectado.
La empresa fundó el despido únicamente en una “mala situación económica”, no haciendo referencia a lo denunciado por el trabajador, quien atribuyó su desvinculación a su reticencia a recibir los mensajes de aquel grupo en su teléfono celular, en el cual estaban incluidos tanto su jefe como los trabajadores de la compañía. Ello lo obligaba a recepcionar mensajes incluso después de su jornada laboral.
Según los hechos narrados, el trabajador ya presentó una denuncia ante la CGT para accionar contra su empleador, al que acusa de haber vulnerado sus derechos. La legislación española establece el derecho a la desconexión digital, en virtud del cual los empleadores deben abstenerse de imponer una comunicación constante al trabajador fuera de su horario laboral.
Temas
Te puede interesar

Argentina.
Portal de noticias debe indemnizar los perjuicios causados por ilustrar sus notas periodísticas con fotografías protegidas sin el consentimiento del autor.

Consagrado en norma de rango legal.
Derecho a la desconexión digital no es un derecho fundamental consagrado en la Constitución por lo que no amerita protección especial, resuelve tribunal español.

Argentina.
Autorización para que los hijos viajen con su padre al extranjero de vacaciones y que la madre solicitó revocar es desestimada: sus temores son infundados.

