Diario Constitucional

Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Procedimiento rumano para la promoción de jueces basado en el desempeño del aspirante, no contraviene el Derecho de la Unión Europea.

Corresponde al tribunal nacional comprobar si la concentración de facultades es capaz de conferir, en la práctica, a las personas que la ostentan, la capacidad para influir en la orientación de las decisiones de los jueces afectados y crear así una falta de independencia o una apariencia de parcialidad de estos que pudiera menoscabar la confianza que la Justicia debe inspirar a los ciudadanos en una sociedad democrática de Estado de Derecho.

Por Redacción·15 de septiembre de 2023·3 min de lectura
imagen: definicion.de
Referencial

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó, en el marco de una decisión prejudicial, que la promoción de los jueces a un órgano jurisdiccional superior, basada en una evaluación de su trabajo y de su conducta por miembros de ese órgano jurisdiccional, no contraviene el Derecho de la Unión Europea. Sin perjuicio de ello, se deberá garantizar la independencia de los jueces, una vez hayan sido promovidos.

En 2019, un grupo de magistrados de instancia interpuso un recurso administrativo contra la resolución que modificó el procedimiento nacional de promoción de jueces. El nuevo sistema sustituía las pruebas escritas por una evaluación del desempeño de los candidatos durante sus tres últimos años de ejercicio, que debía ser realizada por los tribunales superiores. En su opinión, posibilitaba valoraciones discrecionales y subjetivas que eran contrarias al principio de promoción por méritos.

Además de lo anterior, adujeron que las prerrogativas conferidas a los tribunales superiores implican una “sumisión jerárquica” que afectaba la independencia de los candidatos elegidos, en contravención al Derecho de la Unión. El tribunal que conoció del recurso albergó dudas respecto a la compatibilidad de la reforma con el principio de independencia judicial. Por este motivo, planteó una cuestión prejudicial al TJUE para que este interpretara si el nuevo procedimiento era contrario a la normativa comunitaria.

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