Diario Constitucional

Falta de servicio.

Hospital Luis Calvo Mackenna debe indemnizar con $50 millones a padres de menor fallecida por negligencia.

La pasividad del recinto implicó la pérdida de horas valiosas para gestionar el traslado de la recién nacida, lo que marcó la diferencia entre la vida y la muerte.

Por Redacción·18 de mayo de 2025·5 min de lectura
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La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó el fallo de base que rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio.

La causa versa sobre una demanda de indemnización de perjuicios presentada por los padres de una menor fallecida, en contra del Hospital Luis Calvo Mackenna, a quien se imputa responsabilidad por haberse negado, en dos oportunidades, a recibirla en traslado desde otro centro asistencial mientras se encontraba gravemente enferma. La menor, que nació con una cardiopatía congénita, presentó una complicación intestinal que derivó en cirugía y posteriormente en una infección grave, falleciendo el mismo día en que finalmente fue trasladada al hospital demandado.

El tribunal de primera instancia rechazó la demanda, al considerar que no se configuró una falta de servicio atribuible al Hospital. Si bien se acreditó que la menor requería una intervención quirúrgica debido a su compleja condición médica, la negativa del hospital a recibirla se fundó en razones objetivas: falta de disponibilidad de camas críticas y ausencia de capacidad para resolver su patología en ese momento, lo que fue informado oportunamente mediante cartas médicas. Además, el tribunal constató que no existió reproche respecto de la atención brindada en el Hospital Víctor Ríos Ruiz y que el traslado finalmente se realizó el 17 de enero de 2014, mismo día del fallecimiento

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