Dictamen
DT aclara reglas del bono compensatorio de sala cuna: aplica incluso durante licencias médicas y teletrabajo
Precisó que el bono compensatorio procede cuando no hay salas cuna autorizadas en la comuna, su monto debe acordarse entre empleador y trabajadora, y se mantiene durante licencias médicas de la madre. También es válido para trabajadoras en teletrabajo cuando las condiciones de salud del hijo impidan su asistencia a sala cuna.

La Dirección del Trabajo, en cumplimiento de su misión institucional de interpretar y aplicar correctamente las normas laborales, emitió un pronunciamiento respecto del bono compensatorio de sala cuna para trabajadoras regidas por el Código del Trabajo.
De esta forma, en el marco de sus atribuciones, la autoridad abordó las siguientes materias:
Procedencia del bono compensatorio de sala cuna
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Dictamen
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Cuidado de hijos comunes
Derecho a sala cuna se extiende al padre trabajador solo si éste tiene a su cargo el cuidado personal de sus hijos menores de dos años o en caso de fallecimiento de la madre.

Dictámenes Nros. 642/41 del 2004; 4951/078 del 2014 y ordinario N°4626 del 2015.
Para autorizar el pago del bono compensatorio por concepto de sala cuna es necesario acompañar a la solicitud los antecedentes que permitan ponderar que se cumplen los requisitos, dictamina la Dirección del Trabajo.

