Casación fondo inadmisible
Corte Suprema delimita impugnabilidad de actos de la DGA en procedimientos de fiscalización
Sostuvo que la negativa a reconsiderar la apertura de un término probatorio es un acto de mero trámite y, en consecuencia, no puede ser impugnado por la vía de casación.

La Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de casación en el fondo interpuesto por Agrícola Bauzá en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de La Serena, que había confirmado la negativa de la Dirección General de Aguas a reconsiderar una resolución administrativa.
La controversia se originó a partir de una denuncia presentada en 2019 por una extracción supuestamente no autorizada de aguas subterráneas en la Región de Coquimbo, atribuida a Agrícola Bauza. Tras una inspección en terreno, la Dirección General de Aguas (DGA) estimó que existían antecedentes suficientes y dictó la Resolución Exenta de 2019, abriendo un término probatorio y fijando hechos a investigar en el procedimiento sancionador.
La empresa alegó que contaba con derechos de aprovechamiento de aguas inscritos y que la apertura de prueba no recogía adecuadamente sus defensas, por lo que interpuso un recurso de reconsideración solicitando la modificación de los puntos fijados. Dicho recurso fue rechazado mediante Resolución Exenta de febrero de 2024, decisión que la compañía impugnó ante la Corte de La Serena, la cual desestimó la reclamación por tratarse de un acto de mero trámite y no de una resolución terminal.
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