Diario Constitucional

Nulidad penal rechazada

No se puede cancelar o suspender una licencia de conducir ya cancelada, resuelve Corte Suprema

Confirmó condena de 541 días de presidio menor, multa y sanciones accesorias contra un hombre sorprendido en 2019 conduciendo ebrio con su licencia cancelada. Desestimó argumento de la defensa sobre prescripción de condenas anteriores y errónea aplicación del derecho.

Por Redacción·16 de octubre de 2025·2 min de lectura
Imagen: BioBioChile
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El Tribunal Oral en lo Penal de Cauquenes dictó sentencia condenando a un hombre a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de dos UTM, cancelación de su licencia de conducir y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con licencia cancelada. Los hechos ocurrieron el 9 de marzo de 2019 en la comuna de Parral. La pena privativa de libertad fue sustituida por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna por el mismo período.

Contra dicho fallo, la defensa interpuso un recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, denunciando errónea aplicación del derecho. Argumentó que el tribunal de base impuso indebidamente la accesoria de cancelación de la licencia de conducir sobre la base de condenas prescritas. Según la defensa, el artículo 104 del Código Penal impide invocar sentencias anteriores prescritas para agravar penas principales o accesorias, criterio que también recogería el artículo 196 de la Ley N°18.290. En consecuencia, solicitó invalidar la sentencia y dictar una de reemplazo que dispusiera únicamente la suspensión de la licencia por dos años.

El fallo impugnado estableció como hechos acreditados que el 9 de marzo de 2019, a las 09:30 horas, en calle Pablo Neruda de Parral, el condenado conducía un automóvil en estado de ebriedad, constatado por carabineros a través de signos externos y un alcotest que arrojó 1,58 gramos de alcohol por mil en la sangre. El imputado se negó posteriormente a realizarse la alcoholemia de rigor en el hospital. Además, lo hacía con su licencia ya cancelada por una sentencia dictada en 2011 por el Juzgado de Garantía de Parral.

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