Empleo público y probidad administrativa
CS confirma destitución de funcionario de SERNATUR por viajar a Argentina durante licencia médica
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había acogido un recurso de protección presentado por un funcionario del Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR), destituido tras viajar a Mendoza, Argentina, mientras se encontraba con licencia médica y reposo…

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había acogido un recurso de protección presentado por un funcionario del Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR), destituido tras viajar a Mendoza, Argentina, mientras se encontraba con licencia médica y reposo laboral total. El máximo tribunal rechazó la acción constitucional, al concluir que la sanción se ajustó a derecho y que la conducta acreditada constituyó una infracción grave al principio de probidad administrativa.
La controversia se originó tras un sumario administrativo iniciado por SERNATUR contra un funcionario a contrata de la Dirección Regional de Valparaíso, quien viajó a Mendoza, entre el 15 y el 19 de marzo de 2023, mientras se encontraba con licencia médica por motivos de salud mental. El afectado, que padecía depresión severa, sostuvo que realizó el viaje acompañado de su hermana debido a su delicado estado de salud y que reconoció los hechos desde el inicio de la investigación. Sin embargo, SERNATUR dispuso su destitución en marzo de 2026, decisión que impugnó mediante un recurso de protección, solicitando su reincorporación y el pago de las remuneraciones correspondientes.
El tribunal de alzada acogió la acción constitucional y dejó sin efecto la resolución de destitución. Además, ordenó reincorporar al funcionario dentro de quinto día desde que la sentencia quedara ejecutoriada y pagarle las remuneraciones y prestaciones legales correspondientes, debidamente reajustadas.
Frente a esta decisión, SERNATUR recurrió de apelación ante la Corte Suprema, argumentando que el procedimiento disciplinario se había desarrollado conforme a la normativa vigente, con respeto del derecho a defensa y una adecuada valoración de los antecedentes.
El servicio sostuvo, además, que el recurso de protección no constituía la vía apropiada para revisar íntegramente el mérito de un sumario administrativo ni para sustituir la evaluación de proporcionalidad efectuada por la autoridad disciplinaria, cuestiones que debían discutirse mediante los mecanismos administrativos o judiciales establecidos por la ley.
Al conocer del recurso, la Corte Suprema centró su análisis en las obligaciones de probidad que rigen a los funcionarios públicos y en la procedencia de la destitución cuando se acreditan infracciones graves a dicho principio.
En ese sentido, recordó que el artículo 8° de la Constitución exige a las autoridades y funcionarios públicos observar una conducta intachable y desempeñar sus funciones de manera honesta y leal, dando prioridad al interés general por sobre el particular.
Asimismo, tuvo presente el artículo 125 del Estatuto Administrativo, que contempla la destitución cuando los hechos constitutivos de una infracción vulneran gravemente el principio de probidad administrativa.
Sobre esta base, el máximo tribunal consideró que utilizar una licencia médica para realizar un viaje al extranjero por motivos particulares, ajenos a la finalidad del reposo prescrito, constituye un incumplimiento grave de los deberes funcionarios que justifica la aplicación de la destitución.
La Corte explicó que esta conducta no solo compromete la probidad administrativa, sino que también afecta el adecuado funcionamiento de los organismos públicos y la continuidad de los servicios destinados a satisfacer las necesidades de la comunidad.
Asimismo, constató que la resolución de SERNATUR había fundamentado la medida disciplinaria en la gravedad de los hechos acreditados y en los cargos establecidos durante el sumario.
Por ello, concluyó que la autoridad había actuado dentro de sus atribuciones y conforme al principio de proporcionalidad, mediante un procedimiento ajustado a las exigencias legales y en el que se respetó el derecho a defensa del funcionario.
En consecuencia, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Valparaíso y, en su lugar, rechazó el recurso de protección, manteniendo vigente la destitución dispuesta por SERNATUR.
La decisión fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Valdivia, quien estuvo por confirmar la sentencia que había acogido la acción constitucional.
En su disidencia, sostuvo que la aplicación de sanciones disciplinarias por el uso indebido de licencias médicas exige examinar las circunstancias particulares de cada caso, incluidas las eventuales atenuantes y agravantes, para determinar una medida proporcional a la gravedad de la conducta.
En esa línea, señaló que la normativa no establece necesariamente una sanción invariable frente a toda infracción relacionada con el uso de licencias médicas, por lo que corresponde a la autoridad evaluar los antecedentes antes de decidir la medida disciplinaria.
El abogado integrante también citó jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, conforme a la cual, incluso cuando la ley contempla una sanción específica para determinadas infracciones a la probidad, la autoridad puede, mediante una resolución debidamente fundada, aplicar una medida menos gravosa.
A su juicio, en este caso no se habían ponderado adecuadamente las circunstancias atenuantes invocadas por el funcionario, particularmente aquellas relacionadas con su estado de salud y las condiciones en que realizó el viaje.
Por esta razón, estuvo por acoger el recurso de protección, dejar sin efecto la destitución y retrotraer el procedimiento administrativo, con el objeto de que la autoridad disciplinaria dictara una nueva resolución que considerara dichos antecedentes.
De esta manera, mientras la mayoría de la Corte Suprema estimó que la gravedad de la infracción justificaba la destitución, el voto disidente sostuvo que la autoridad debía efectuar una evaluación individualizada de las circunstancias del caso antes de imponer la máxima sanción disciplinaria.
Temas
Te puede interesar

Acción protección rechazada
Corte Suprema valida destitución de funcionaria municipal por uso indebido de licencia médica para viajar al extranjero

Recurso de protección rechazado
Corte Suprema descarta vulneración de derechos por destitución de docente municipal que viajó al extranjero con licencia médica

Acción protección rechazada
Corte Suprema delimita el alcance del recurso de protección frente a sanciones disciplinarias en la Tesorería General de la República

