Diario Constitucional

Recurso de protección

Corte Suprema ordena a Banco Estado devolver fondos sustraídos en fraude telefónico, pese a entrega voluntaria de claves

El máximo Tribunal recordó que la Ley N°20.009 protege a usuarios afectados por fraudes, incluyendo engaños como el “cuento del tío”, sin exigir vulneración del sistema bancario; el banco incumplió esta norma al negar la restitución de fondos reclamados dentro del límite legal

Por Redacción·28 de mayo de 2025·4 min de lectura
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La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que rechazó el recurso de protección interpuesto contra el Banco del Estado de Chile, debido a la negativa de cancelar los cargos y restituir los fondos fraudulentamente sustraídos de la cuenta de la actora.

La recurrente denunció al banco recurrido por negarse a cancelar cargos y restituir $1.236.128.- que fueron sustraídos fraudulentamente desde su cuenta tras una llamada en la que un tercero, haciéndose pasar por ejecutivo del banco, la indujo a seguir pasos que permitieron realizar transferencias no autorizadas.

Alegó que el banco incumplió la Ley N° 20.009 al rechazar su solicitud, a pesar de que se acreditó la denuncia oportuna y el cumplimiento de todos los requerimientos de la entidad financiera.

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