Recurso de protección
Corte Suprema ordena a Banco Estado devolver fondos sustraídos en fraude telefónico, pese a entrega voluntaria de claves
El máximo Tribunal recordó que la Ley N°20.009 protege a usuarios afectados por fraudes, incluyendo engaños como el “cuento del tío”, sin exigir vulneración del sistema bancario; el banco incumplió esta norma al negar la restitución de fondos reclamados dentro del límite legal

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que rechazó el recurso de protección interpuesto contra el Banco del Estado de Chile, debido a la negativa de cancelar los cargos y restituir los fondos fraudulentamente sustraídos de la cuenta de la actora.
La recurrente denunció al banco recurrido por negarse a cancelar cargos y restituir $1.236.128.- que fueron sustraídos fraudulentamente desde su cuenta tras una llamada en la que un tercero, haciéndose pasar por ejecutivo del banco, la indujo a seguir pasos que permitieron realizar transferencias no autorizadas.
Alegó que el banco incumplió la Ley N° 20.009 al rechazar su solicitud, a pesar de que se acreditó la denuncia oportuna y el cumplimiento de todos los requerimientos de la entidad financiera.
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