Corte ordena financiar medicamento
Corte Suprema ordena a FONASA y MINSAL financiar medicamento para enfermedad rara
Consideró que la negativa de FONASA y MINSAL constituye un acto arbitrario que amenaza el derecho a la vida de la paciente. Enfatizó que las consideraciones administrativas y presupuestarias no pueden prevalecer sobre los derechos fundamentales. Reafirmó que su rol es proteger las garantías constitucionales, no diseñar políticas públicas. Ordenó la entrega urgente del medicamento Waylivra.

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y acogió un recurso de protección presentado en favor de una persona diagnosticada con síndrome de hiperquilomicronemia familiar, una enfermedad rara y potencialmente mortal, y ordenó al Fondo Nacional de Salud (FONASA) y al Ministerio de Salud (MINSAL) realizar las gestiones necesarias para la adquisición y suministro del medicamento Waylivra (Volanesorsen), prescrito por sus médicos tratantes.
El conflicto se originó tras la negativa del FONASA y del MINSAL a financiar el medicamento Waylivra, prescrito como única alternativa terapéutica para una paciente con una enfermedad rara, debido a que no se encontraba contemplado dentro de la cobertura estatal.
La parte recurrente alegó que la negativa de las autoridades vulnera sus derechos fundamentales, en particular el derecho a la vida y la igualdad ante la ley, al impedir el acceso al único tratamiento disponible para una enfermedad grave, degenerativa y potencialmente mortal. Expuso que la paciente fue diagnosticada con el síndrome de hiperquilomicronemia familiar a los 26 años, tras un episodio de pancreatitis aguda, y que desde entonces ha sufrido múltiples crisis que han puesto en riesgo su vida.




