Recurso de protección acogido por Corte Suprema.
Demora de autoridad migratoria en resolver solicitud de permanencia definitiva contraviene principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental e inexcusabilidad, que regulan la actividad de la Administración.
La dilación debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley, en tanto importa una discriminación en contra de la recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente su solicitud.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Chillán, que rechazó el recurso de protección interpuesto a favor de un ciudadano venezolano en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la demora de más de 8 meses en resolver su solicitud de residencia definitiva.
El recurrente sostiene que la dilación injustificada en dar respuesta a su solicitud de regularización migratoria es ilegal, arbitraria, y vulnera sus garantías fundamentales de los numerales 2 y 7 del artículo 19 de la Constitución.
La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso, al considerar que “el plazo a que se refiere el artículo 27 de la ley 19.880, no es de carácter fatal, (…) por lo que la falta de resolución de la solicitud, habiendo transcurrido éste, mal podría constituir una omisión ilegal; de otro lado, tampoco se observa arbitrariedad, si se tiene en cuenta que la autoridad ha explicado que la tardanza obedece al gran número de peticiones como la de autos que deben ser resueltas, cuestión que sin lugar a dudas, constituye un hecho público y notorio, sustentado en el aumento exponencial de la migración recibida en el país durante los últimos años, sin que se estime excesivo el término de ocho meses transcurrido”.
Te puede interesar

Recurso de amparo acogido por Corte de Rancagua.
Orden de detención contra imputado por no comparecer a la audiencia de juicio oral es improcedente si no fue válidamente notificado.

Recurso de protección acogido.
Corte de Concepción ordena a profesor cesar envíos de correos ofensivos a comisión que dispuso su despido de universidad.

Recurso de protección acogido.
Corte de La Serena ordena reintegrar a alumno expulsado en forma arbitraria, tras recepción de denuncia anónima.

