Recurso de protección rechazado por Corte de Temuco.
Docente no tiene derecho al pago de su remuneración una vez expirado su contrato, aun cuando se encuentre con licencia médica.
Trabajadores acogidos a licencia médica autorizada tienen derecho a la remuneración mientras mantenga la calidad de profesional de la educación dependiente de una Municipalidad o Corporación Municipal, no extendiéndose el derecho después del término de la relación laboral.

La Corte de Temuco rechazó el recurso de protección interpuesto a favor de una docente en contra de la Municipalidad de Gorbea por el no pago de sus licencias médicas.
El recurrente expuso que la actora, con fecha 28 de febrero de 2023, presentó licencia médica a su empleador, la Municipalidad de Gorbea. Al vencimiento de esta, volvió a presentar nuevamente licencias médicas por encontrarse aún aquejada de salud.
Indica que las licencias médicas prescribieron un reposo médico que abarcó desde el 28 de febrero al 25 de marzo de este año, fueron autorizados por el COMPIN y que el pago se haría por medio de la Caja de Compensación Los Héroes a través de su empleador.
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