Diario Constitucional

Sentencia revocada por Corte Suprema.

Expulsión de estudiante se sustituye por cancelación de matrícula para el año 2025 al haber transcurrido gran parte del año escolar, a fin de asegurar la continuidad de su proceso educativo.

La forma de aplicar un reproche que sea proporcional a los hechos y, a la vez, asegurar el derecho del alumno a la continuidad del proceso educativo, se logra por la vía de aclarar que la sanción a la cual éste queda sometido es la cancelación de su matrícula para el año escolar 2025.

Por Redacción·09 de octubre de 2024·2 min de lectura
Expulsión de estudiante se sustituye por cancelación de matrícula para el año 2025 al haber transcurrido gran parte del año escolar, a fin de asegurar la continuidad de su proceso educativo.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Rancagua y desestimó el recurso de protección interpuesto por una apoderada en contra del establecimiento educacional que sancionó a su hijo, estudiante de segundo año medio, con la expulsión.

La recurrente expuso que la decisión fue adoptada tras la pelea en que su hijo y otro estudiante se agredieron mutuamente, sin que se aplicara el protocolo de riñas entre estudiantes, ni que se le permitiera ir a constatar lesiones. Asimismo, cuestiona la correcta aplicación del procedimiento de “Aula Segura”.

Solicita que el estudiante pueda terminar su año escolar y se mitigue el daño emocional y social causado.

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