Corte Suprema acoge recurso
Incluir deuda en Boletín Comercial mientras se tramita acción en el Juzgado de Policía Local para determinar responsabilidad de actor en fraude bancario, es ilegal y vulnera la igualdad ante la ley.
Resolvió que el Banco recurrido no se encuentra autorizado para disponer el envío de los antecedentes del actor a la base de datos del Boletín Comercial de la Cámara de Comercio de Santiago, precisamente porque la conducta del recurrente, está siendo revisada ante en un Tribunal y en un procedimiento previsto al efecto, que busca determinar sí obró o no con dolo o culpa.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de un banco, por la inclusión en el Boletín Comercial de una deuda de tarjeta de crédito del actor.
El recurrente consideró arbitraria e ilegal la inclusión de la deuda en el Boletín Comercial, y sostuvo que dicha publicación vulnera sus garantías constitucionales.
Explicó que la deuda está asociada a un fraude bancario previamente denunciado y bajo investigación del Ministerio Público, además de estar siendo revisada a través de acciones judiciales civiles y en sede de policía local.
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Datos personales de la recurrente fueron eliminados de DICOM.
Si acto impugnado fue enmendado por los recurridos durante la tramitación de la acción, el recurso de protección pierde oportunidad.

Recurso de protección rechazado.
Si la deuda ya no se encuentra comunicada en base de datos alguna que pudiera ser publicada para fines de evaluación crediticia, la Corte no puede establecer medida alguna tendiente a restablecer el imperio del derecho.

Publicación de deuda en boletín comercial.
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