Corte Suprema confirma sentencia.
Para ser beneficiario del aporte adicional y complementar los fondos de la cuenta de capitalización individual para el seguro de invalidez y sobrevivencia, la ley exige al menos seis meses de cotizaciones previsionales.
El beneficio no resulta procedente, en razón a la falta de las cotizaciones mínimas que la ley exige para el otorgamiento del citado aporte adicional, esto es, seis meses de cotizaciones en el año anterior al último día del mes en que se haya dejado de prestar servicios.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena, que rechazo el recurso de protección interpuesto por la Fundación Valídame en favor de una afiliada en contra de AFP HABITAT S.A, por negar la tramitación de una pensión de invalidez.
La recurrente expone que la afiliada presentó solicitud de invalidez ante AFP Hábitat, administradora que la acredita como afiliada cubierta por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia SIS.
Agrega que el procedimiento de evaluación y calificación del grado de invalidez que le afectaba culminó con la declaración de invalidez total definitiva.
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Recurso de protección rechazado por la Corte Suprema.
Para acceder al aporte adicional en la pensión de invalidez el afiliado debe tener un mínimo de 6 cotizaciones previas.

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