Recurso de protección rechazado.
Resolución que puso término anticipado a la contrata de la recurrente se ajusta a derecho, resuelve la Corte de Santiago.
Resolvió que no es procedente la acción cautelar, ya que la autoridad administrativa actuó dentro de sus facultades legales al poner término anticipado al contrato de la actora. Además, desestimó el alegato sobre el fuero maternal y la confianza legítima, ya que la recurrente no poseía un derecho indubitado para permanecer en su cargo, sino una mera expectativa.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Contraloría General de la República y de la Subsecretaría de Minería, por la decisión de no renovar la contrata de la actora.
La recurrente sostuvo que ingresó a la Subsecretaría en 2021 como encargada de Asuntos Internacionales bajo contrato a contrata y que, tras el cambio de gobierno en 2022, fue marginada de sus funciones, permaneciendo en teletrabajo por fuero maternal.
Expuso que, al regresar en 2023, no le asignaron un puesto fijo y, en noviembre de ese año, le informaron que no renovarían su contrato, lo que atribuyó a represalias por su embarazo.
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