CGR.
Pago de viático por cometidos funcionaros o comisiones de servicio realizados en sectores de una comuna que no son definidos como una misma localidad, debe determinarse por la autoridad.
Se debe considerar la distancia y el equipamiento del lugar de destino.

El Instituto Nacional de Estadísticas (INE) solicitó pronunciamiento a la Contraloría General de la República, sobre la forma de regular el otorgamiento de viáticos en las comisiones de servicio y cometidos funcionarios efectuados en lugares de una comuna que no han sido definidos como una misma localidad por el Decreto Exento N°90 de 2018 del Ministerio de Hacienda. Además, requiere se precise si es pertinente fijar un límite al reembolso que se debe efectuar a los funcionarios que no tienen derecho a viático, ya que realizan las anotadas funciones en zonas que conforman una misma localidad de acuerdo a lo dispuesto en el citado decreto exento.
Al respecto, el ente contralor señala que, según lo dispuesto en el Reglamento de viáticos para el personal de la Administración Pública, corresponde al Ministerio de Hacienda determinar los conglomerados que constituyen una misma localidad, los que deben considerarse como el lugar de desempeño habitual respecto de aquellos funcionarios que presten servicios en una entidad cuyas oficinas se encuentren ubicadas en los mismos, generándose como consecuencia de ello la improcedencia del pago de viáticos.
Además, indica que el citado Decreto Exento N°90, prevé que constituirán una misma localidad los conglomerados urbanos y suburbanos inmediatamente adyacentes que indica, en las regiones que señala, dentro de las cuales no se abarcan todas las regiones que constituyen nuestro país.
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