Diario Constitucional

Derecho al respeto de la vida

Eslovenia violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos por contravenciones al debido proceso durante juicio para determinar custodia de menores de edad, resuelve el TEDH.

El hecho de que los tribunales internos no garantizaran que los intereses de los niños fueran representados de manera adecuada en el procedimiento relativo al derecho de visitas y la custodia, constituye en sí mismo una violación del derecho de los niños al respeto de su vida familiar.

Por Redacción·23 de diciembre de 2024·3 min de lectura
imagen: laopinion.co
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda interpuesta contra Eslovenia por las violaciones al debido proceso durante un litigio para determinar la custodia de dos menores de edad. Constató una violación a los artículos 6.1 (derecho a un juicio justo) y 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Una ciudadana eslovena presentó solicitudes en su nombre y en el de sus tres hijos menores de edad como parte de un proceso de divorcio con su cónyuge para obtener su custodia. Inicialmente, la madre ganó el caso, pero en 2019, tras considerarse que intentaba obstaculizar los lazos entre los niños y su padre, este último obtuvo la custodia provisional. Posteriormente, la madre enfrentó varias restricciones para mantener contacto con sus hijos.

Durante este tiempo, las partes interpusieron numerosos recursos legales, incluyendo solicitudes de provisionales, apelaciones de decisiones judiciales y quejas penales por presunta negligencia y secuestro. En 2023, una decisión provisional que prohibía el contacto de la madre con sus hijos fue revocada, lo que permitió que los menores regresaran bajo su cuidado, por lo que el litigio continuó su curso.

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