Funciones algorítmicas basadas en comportamiento de usuarios.
Google no es responsable por acusaciones de mala praxis vertidas contra un médico visibles en su buscador, resuelve un tribunal argentino.
Los datos no constituyen información objetiva, sino que son producto, tal como se mencionó, de una interpretación algorítmica basada en tendencias de búsqueda, patrones de comportamiento de los usuarios y otras métricas que, por su naturaleza, no pueden ser categorizadas como veraces o erróneas de forma absoluta.

Un Juzgado Civil y Comercial Federal de Argentina, rechazó la acción de habeas corpus interpuesta por un médico por las acusaciones de mala praxis vertidas en su contra, que podían encontrarse en el buscador de Google, las cuales estimó difamatorias y falsas. El juez dictaminó que las funciones algorítmicas presentes en la herramienta de búsqueda no necesariamente proveen información objetiva, pues se basan en las tendencias y el comportamiento manifestado por los propios usuarios que realizan las consultas, así como en otros factores.
Según se narra en los hechos, el médico cirujano solicitó que Google eliminara de sus archivos y registros sus datos personales, por considerar que la empresa realizaba un tratamiento malicioso de los mismos a sabiendas de su falsedad, al alojar en su motor de búsqueda información difamatoria asociada a su nombre y apellido. Alegó que dicha información atentaba contra su honra y honor, y que le ocasionaba “perjuicios irreparables en la faceta personal, familiar y profesional”.
Por su parte, Google negó toda responsabilidad en los hechos, alegando que las consultas al buscador no eran afirmaciones, por lo que su uso no podría lesionar derecho alguno, toda vez que comportaba una mera solicitud de información sobre un tema. Agregó que las «búsquedas relacionadas” a las que hizo referencia el actor, contrariamente a la función de «autocompletar», ayudan a las personas a refinar una búsqueda que ya hicieron, dirigiéndolos a los términos de búsqueda más habituales.
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