Confirman condena por homicidio
Atacar a la víctima con diversos elementos contundentes para luego herirla de gravedad en una pierna configura dolo homicida, resuelve la Corte Suprema.
Se estimó que el actuar del acusado fue sobre seguro, al agredir de gravedad a una persona que ya había sido reducida por terceros. Asimismo, la magistratura consideró que el encartado no puede desconocer su dolo homicida, si luego del hecho, procuró ocultar evidencias y que los copartícipes omitieran declarar su participación en el mortal ataque.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, que condenó al imputado a la pena de quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo, como autor del delito consumado de homicidio calificado.
La mañana del 22 de agosto de 2022, el acusado y un grupo de coimputados arribaron al domicilio de la víctima, con el supuesto fin de recuperar especies presuntamente robadas al grupo por aquella. La víctima confronta a los imputados y éstos comienzan a golpearla con diversos elementos contundentes.
De esta forma, y una vez reducido el agredido, el acusado ataca a la víctima en reiteradas ocasiones, y luego, actuando sobre seguro, al no encontrar resistencia, parte en dos un palo de escobillón y lo entierra en el muslo de la víctima, provocando una profusa herida en una arteria, lo que finalmente devino en la muerte del agredido, quien se desangró en la calle.
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