Recurso de nulidad rechazado.
Condena impuesta a acusado que fue denunciado anónimamente a Carabineros por manipular un arma de fuego en plena vía pública, se confirma por la Corte Suprema.
El imputado intentó revertir la pena alegando que la policía actuó sin existir ningún indicio previo, ya que el mero hecho de eludir la presencia policial no puede ser calificado como una actitud indiciaria de un hecho ilícito, argumento que fue desestimado por el máximo Tribunal.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego prohibida.
El día 27 de marzo de 2020, a las 17:55 horas, en la vía pública -y previa denuncia anónima-, en un sector de la comuna de Maipú, el acusado junto a otro coimputado, fue sorprendido portando y manteniendo en su poder un arma de fabricación artesanal tipo escopeta compuesta por dos tubos metálicos con un mecanismo percutor y un cartucho calibre 12 mm. en su interior, sin contar con los permisos respectivos para portar este tipo de elementos, por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.
En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
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