Diario Constitucional

Demanda de precario rechazada.

Contrato de promesa de compraventa celebrado con el anterior dueño del inmueble es un antecedente que justifica su ocupación, resuelve la Corte Suprema.

De esta forma, la tesis de mera tolerancia invocada por la demandante carece de sustento. No pudo acreditar en la especie la concurrencia de los requisitos del inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil.

Por Redacción·09 de enero de 2023·2 min de lectura
Matrimonio con el anterior dueño del inmueble junto al hecho de que fue declarado bien familiar, son antecedentes suficientes para entender que la ocupación no es meramente tolerada.
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó aquella de base que desestimó una acción de precario.

La demandante solicitó la inmediata restitución del inmueble que le pertenece, el cual acusa ocupa la demandada por ignorancia o mera tolerancia de su parte, careciendo de algún antecedente legal o fáctico que justifique la ocupación.

En su defensa, la demandada instó por el rechazo de la acción, argumentando que celebró un contrato de promesa de compraventa con el dueño anterior del inmueble en el año 2005.

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