Recurso de casación en el fondo rechazado.
Corresponde al ejecutado probar que un pagaré carece de fuerza ejecutiva por no pago de los impuestos que lo gravan, resuelve la Corte Suprema.
Este título (pagaré) goza de una presunción de pago de impuestos que debe ser desvirtuada por el deudor en caso de argumentar que el instrumento carece de mérito ejecutivo, lo que no ocurrió en la especie.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó aquella de base que desestimó las excepciones opuestas y ordenó seguir adelante con la ejecución.
El Banco Santander demandó ejecutivamente el cobro de la suma de dinero expresada en un pagaré suscrito a su favor, luego que el deudor incurriera en mora y no cumpliera con su obligación de pago.
En su defensa, el ejecutado opuso las excepciones de ineptitud del libelo, y ausencia de mérito ejecutivo del título invocado por el acreedor. Afirma que el libelo pretensor no lo individualiza al deudor como demandado, y aduce una serie de omisiones en timbres y sellos para sostener que el título detentado por el Banco carece de fuerza ejecutiva, pues en ningún momento suscribió los pagarés ante Notario Público y tales documentos fueron suscritos por terceros designados por el acreedor a su arbitrio.
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