Diario Constitucional

Infracción de ley.

Corte de Rancagua acoge recurso de nulidad y rebaja multa impuesta por Inspección del Trabajo.

El Tribunal de alzada fijó la sanción de 12 UTM.

Por Redacción·19 de mayo de 2021·3 min de lectura
Corte de Rancagua acogió recurso de nulidad deducido contra sentencia que se extendió a puntos no sometidos a la decisión del tribunal.
Referencial

El fallo indica que la reclamada se alzó en nulidad invocando la causal prevista en el artículo 477 en relación a lo dispuesto en los artículos 511, 512 y 503 todos del Código del Trabajo. Subsidiariamente, dedujo la causal contemplada en el artículo 478 letra c) del mismo cuerpo legal, que se produce cuando es necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior.

En relación a la causal principal, alegó que la litis se trabó en lo que dice relación con la facultad del Director del Trabajo para dejar sin efecto, rebajar o mantener una multa, dependiendo si concurren o no alguna de las hipótesis establecidas en el artículo 511 del Código del Trabajo en relación al 512 del mismo cuerpo legal, motivo por el cual el objeto del reclamo y los puntos de prueba, deben versar sobre las hipótesis indicadas en el primero de los preceptos, esto es, manifiesto error de hecho en la aplicación de la sanción o acreditación fehaciente del íntegro cumplimiento de la disposición legal cuya infracción motivó la sanción, pero en ningún caso puede atacarse la existencia de la infracción misma, la calificación jurídica de los hechos, o si el fiscalizador realizó o no una interpretación de la ley o de un contrato, o si la infracción fue o no mal cursada.

Al respecto, la Corte indica que la resolución objeto del reclamo judicial es aquella que rechazó la solicitud de reconsideración planteada en sede administrativa, de modo que reclamación sometida al conocimiento del tribunal de instancia fue aquella que regula el artículo 512 del Código del Trabajo, por lo que el objeto del juicio sólo pudo versar sobre la eventual configuración de alguna de las dos causas legales previstas en la materia, a saber, si el reclamante modificó su conducta de incumplimiento de la regulación que se tuvo por infringida o si en la imposición de la multa se incurrió en un error de hecho manifiesto.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.