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Corte de Santiago absuelve a vecino multado por ruidos molestos al estimar insuficiente la prueba

La Corte concluyó que la denuncia municipal, el croquis y una grabación de once segundos no permitían acreditar de manera confiable que la música alterara la tranquilidad del vecindario. El tribunal dejó sin efecto la multa de 3 UTM.

Por Redacción·04 de noviembre de 2026·1 min de lectura
Corte de Santiago absuelve a vecino multado por ruidos molestos al estimar insuficiente la prueba
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La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la sentencia que había condenado a un vecino de Las Condes al pago de una multa de tres unidades tributarias mensuales por infracción a la Ordenanza sobre Sonidos y Ruidos de la comuna, al estimar que los antecedentes aportados eran insuficientes para acreditar la infracción.

El denunciado alegó que el fallo de primera instancia no había ponderado adecuadamente sus descargos ni la prueba acompañada. Sostuvo que existía una distancia considerable entre su vivienda y la del vecino reclamante, que había adoptado medidas para evitar molestias y que la grabación presentada no permitía identificar con certeza la fuente del sonido ni establecer su impacto en el vecindario.

Al resolver, la Corte precisó que la ordenanza municipal permite sancionar ruidos molestos sin necesidad de una medición mediante sonómetro. Sin embargo, señaló que los antecedentes deben permitir establecer confiablemente tanto la procedencia del ruido como su incidencia en la tranquilidad del vecindario.

En ese sentido, consideró que la denuncia municipal, el croquis y una grabación de once segundos en la que se percibía música a volumen alto no bastaban para acreditar la infracción. El tribunal observó que no se había precisado suficientemente desde dónde se obtuvo el registro, su ubicación respecto de los inmuebles involucrados ni las condiciones en que se captó el sonido.

Por ello, concluyó que la prueba no permitía establecer de manera confiable las características del ruido ni su efectiva incidencia en la tranquilidad de los vecinos. En consecuencia, revocó la sentencia del Tercer Juzgado de Policía Local de Las Condes, rechazó la denuncia de autoridad, absolvió al denunciado y dejó sin efecto la multa impuesta.

 

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N° 3174 - 2026 (Policía local).

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