Recurso de reclamación rechazado.
Corte de Santiago confirma multa a Enel por interrupción del servicio que afectó a 29.000 clientes de la Región Metropolitana.
El Tribunal de alzada desestimó el reclamo al establecer que el monto de la sanción se ajusta a la normativa vigente.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de reclamación deducido por la empresa de electricidad Enel Distribución Chile SA en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) que le aplicó una multa de 10.000 UTM por interrupciones del suministro de energía que afectaron a 29.000 clientes regulados de la Región Metropolitana, el 7 de marzo de 2019.
El fallo señala que el acto impugnado establece clara y precisamente los hechos constitutivos de las infracciones, como las disposiciones infringidas. Y en consecuencia se determinó por la autoridad administrativa que los resguardos, procedimientos e instrucciones impartidas a los operadores no fueron correctamente ejecutados o no se encuentran idóneamente adaptados a las necesidades de las instalaciones. Como asimismo que Enel Distribución fue responsable de la maniobra errónea –apertura del desconectador del lado auxiliar, provocando un arco eléctrico y la desconexión automática de las barras 12 KV y auxiliar– y el incumplimiento de las obligaciones de mantenimiento y de efectuar la correcta operación de las instalaciones de su propiedad.
La resolución agrega que, debe tenerse en cuenta el fin u objetivo que se persigue con la dictación del acto administrativo –decreto o resolución– y, es en razón de ese fin que el legislador habilita expresamente con poderes públicos de imposición a un órgano determinado, en este caso a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, y es entonces en razón de ello, que existe el órgano mismo y, por eso también es que emite una decisión que se impone a los destinatarios haciendo ejercicio de sus potestades con que ha sido provisto por el ordenamiento legal.
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