Diario Constitucional

Dolo.

Corte Suprema desestima recurso de casación y mantiene fallo que rechazó la nulidad relativa de compraventa.

Quien plantea un recurso de casación debe indicar la ley que denuncia como vulnerada y que ha tenido influencia sustancial en lo resolutivo de la sentencia cuya anulación persigue.

Por Redacción·11 de enero de 2022·5 min de lectura
Imagen: FNE
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La Corte Suprema desestimó el recurso de casación en el fondo enderezado en contra de la sentencia definitiva dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que invalidó el fallo de primera instancia, y dictó sentencia de reemplazo, que rechaza la demanda subsidiaria de nulidad relativa.

En su libelo, la recurrente acusa que se ha infringido lo dispuesto en los artículos 2144 y 1800 del Código Civil. Alega que los sentenciadores yerran al declarar la nulidad del fallo de primer grado por el vicio de ultrapetita y rechazar la acción, pues invocan un argumento que no se condice con el mérito del procedimiento, que fue el que permitió al tribunal de primera instancia acoger la demanda subsidiaria de nulidad relativa por no aparecer que el mandante haya prestado su autorización expresa para vender, ceder y transferir las acciones y derechos sobre el inmueble.

En la sentencia se indica que, en primera instancia comparece el recurrente, quien deduce demanda de nulidad absoluta y simulación en contra de su hermana, y en subsidio la nulidad relativa de un contrato de compraventa de cesión de derechos, suscrita con fecha 17 de noviembre de 2017.

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