Diario Constitucional

Recurso de casación acogido en fallo dividido.

Corte Suprema rechaza demanda de precario y restitución de inmueble en San Javier.

El máximo Tribunal estableció error de derecho al acoger la acción, por existir entre la demandante y los ocupantes del inmueble vínculo familiar.

Por Redacción·26 de julio de 2022·3 min de lectura
Imagen: soychile
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La Corte Suprema acogió recurso de casación en el fondo y, en sentencia de reemplazo, rechazó demanda de precario y restitución de inmueble ubicado en la comuna de San Javier.

El fallo señala que en este caso es posible dar por cumplidos los primeros dos elementos del precario, pues se encuentra demostrado tanto el dominio de la demandante como la ocupación de la demandada. Así entonces, el punto a dilucidar radica en determinar si, en los hechos, se configura una tenencia por mera tolerancia del dueño, o si, por el contrario, existe un título que justifique la ocupación.

La resolución agrega que sobre esta materia la jurisprudencia de la Corte Suprema ha tenido la oportunidad de señalar que el precario es una cuestión de hecho, y constituye un impedimento para su establecimiento que el tenedor tenga alguna clase de justificación para ocupar la cosa cuya restitución se solicita, aparentemente seria o grave, sea que vincule al actual dueño con el ocupante o a este último con la cosa, aunque sea de lo aparentemente ajeno. Así entonces, cuando el inciso 2° del artículo 2195 del Código Civil señala que constituye precario la tenencia de una cosa ajena sin previo contrato, es necesario entonces la absoluta y total carencia de cualquier relación jurídica entre el propietario y el ocupante de la cosa; es decir, debe ser una tenencia meramente sufrida, permitida, tolerada o ignorada, sin fundamento o título jurídicamente relevante.

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