Diario Constitucional

Covid-19.

CS revoca sentencia y acoge recurso de protección fundado en la negativa de emitir certificado de defunción con la causa de muerte respectiva.

Se vulneró la garantía de igualdad ante la ley.

Por Redacción·03 de julio de 2021·4 min de lectura
Descuento del aporte del empleador a la cuenta de cesantía del trabajador sólo procede cuando se configuran los presupuestos del artículo 161 del Código del Trabajo.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción y acogió el recurso de protección deducido en contra de una médico, Hospital San José de Coronel, Servicio de Salud de Concepción y SEREMI de Salud del Bío-Bío, por negarse a incluir la causa de muerte en un certificado de defunción.

Los actores alegaron la vulneración de las garantías a la igualdad ante la ley y propiedad, originada por la negativa de emitir el certificado de muerte por causa de Covid-19 de su padre.

Detallaron que la médico recurrida emitió el certificado amparándose en el artículo 5 del Decreto N°460 de 1970 del Ministerio de Salud, en el que no se consignó la causa de muerte de su padre, sin cumplir las exigencias puesto que jamás se interrogó a los deudos, ni funcionarios policiales y demás personas con algún grado de conocimiento en los hechos, conforme a lo dispuesto por la ley, desconociendo el documento emitido por SAMU en que claramente se consignó que se sospechaba de un fallecimiento por causa del Covid-19 y que todo el grupo familiar dio positivo al virus.

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