Recurso de nulidad rechazado.
El imputado puede renunciar al derecho de ser asistido por un abogado al momento de declarar.
La presencia de un abogado defensor tiene por finalidad garantizar que la declaración se prestó de manera deliberada y consciente, lo que no obsta a que su voluntad pueda ser aclarada en la audiencia de juicio por otras vías.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, que condenó a dos imputados como autores de delito de dos robos con intimidación, a la pena única de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio.
La defensa de los acusados fundó el recurso en la causal contemplada en el artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, en relación a los artículos 7, 8, 91 y 94 del Código Procesal Penal y la garantía que asegura un proceso previo legalmente tramitado, la que se encuentra consagrada en los artículos 19 N°3 inciso 6º, artículo 6 y artículo 7, todos de la Constitución.
Explica que el personal policial desarrollaba una investigación que mostraba claros avances, logrando individualizar a uno de los autores del delito, a saber, R.M.V. Sin embargo, tiempo después se verificó una ruptura en la investigación, porque los funcionarios no respetaron los derechos del imputado, al no darle a conocer sus derechos, y comunicarle solo los antecedentes que habían recabado, y cuya declaración permitió la identificación de dos coimputados, uno de ellos V.J.C., quien señaló a Y.M.I. como uno de los autores de los delitos investigados.
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