Código Orgánico de Tribunales.
Fallo que no cumplió con norma sobre acuerdos al no alcanzarse un fundamento común de los ministros en apoyo de la decisión, se anula por la Corte Suprema.
Dejó sin efecto lo obrado desde la dictación de la resolución que decidió confirmar la resolución de primer grado, atendido que ha existido un grave error de procedimiento, ya que, si bien hubo acuerdo sobre la parte resolutiva de lo decidido, no se cumplió con el segundo requisito copulativo, esto es, que hayan estado de acuerdo con al menos un fundamento común para apoyar la decisión.

Al conocer de un recurso de casación en el fondo, la Corte Suprema invalidó de oficio la sentencia dictada por la Corte de San Miguel, que confirmó la resolución del tribunal de primera instancia que decidió no dar curso a la gestión preparatoria.
La causa versa sobre una solicitud de gestión preparatoria para citar a confesar deuda por una suma que correspondería al pago de permisos de circulación adeudados por el demandado y que habrían sido cancelados por el solicitante mediante subrogación.
El tribunal de primera instancia rechazó la gestión, al considerar que el solicitante era el propietario del vehículo al momento del pago y que la deuda alegada no consta en antecedentes escritos.
Te puede interesar

Fallo confirmado por Corte Suprema.
Expulsión de ciudadano peruano prófugo de la justicia en su país se ajusta a derecho, aunque orden de captura no esté vigente por haber operado la prescripción del delito.

Recurso de nulidad acogido.
Pena accesoria de suspensión de licencia de conducir aplica incluso a quienes nunca la han obtenido, resuelve Corte de Concepción.

Recurso de nulidad acogido por Corte de Rancagua.
Rango de tolerancia de velocidad de 5 Km/hr debe ser computado para determinar si se traspasó el límite de velocidad en el delito de conducción temeraria.

