Diario Constitucional

Confianza legítima.

Municipalidad de San Miguel deberá reincoporar a funcionario, cuya contrata fue terminada en forma anticipada. El fundamento del decreto alcaldicio se contradice con sus actuaciones previas.

Si bien la entidad edilicia alegó que los servicios del actor no eran necesarios, siete días antes le indicó las funciones que debía cumplir al volver de su licencia médica.

Por Redacción·21 de noviembre de 2021·5 min de lectura
Municipalidad de San Miguel deberá reincoporar a funcionario, cuya contrata fue terminada en forma anticipada. El fundamento del decreto alcaldicio se contradice con sus actuaciones previas.
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de San Miguel, que acogió el recurso de protección deducido en contra de la Municipalidad de San Miguel, por cuanto el fundamento del decreto que dispuso el termino anticipado de la contrata del actor se contradice con sus actuaciones previas.

En su libelo, el recurrente expone que desde el 13 de abril del año 2017 ha prestado servicios para la recurrida, de forma casi ininterrumpida. Así en un principio estuvo bajo la modalidad de contrato de honorarios, para luego incorporarse como funcionario a contrata, condición que fue renovada sucesivamente hasta el año 2021, y “mientras sean necesarios sus servicios”.

Indica que estuvo con licencia médica producto de diferentes dolencias hasta el 9 de agosto del año 2021, por lo que previo al término de ésta, solicitó instrucciones a la Municipalidad para la debida coordinación de sus funciones. Afirma que recibió respuesta por correo electrónico el 15 de julio de ese año, asignándole la entidad las labores que debía desempeñar a su retorno, lo cual, a su juicio, acredita la necesidad de sus funciones.

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