Diario Constitucional

Recurso de casación en el fondo acogido, en fallo dividido.

Pandemia del Covid-19 es considerada como un imprevisto que suspende el término probatorio, resuelve la Corte Suprema.

El máximo Tribunal interpretó en este sentido las normas de las leyes Nº21.226 y 21.379, al considerar que el término probatorio en el caso de autos se encontraba suspendido por la crisis sanitaria, por lo tanto, era improcedente acoger la solicitud de abandono opuesta por la parte demandada.

Por Redacción·19 de mayo de 2023·3 min de lectura
imagen: concepto.de
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que confirmó aquella de base que hizo lugar al incidente de abandono del procedimiento.

El 31 de agosto de 2020, se presentó la demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio. El 5 de mayo de 2021, agotada la etapa de discusión se recibió la causa a prueba. De esta forma, el 1 de noviembre de 2021, la demandante presentó un escrito solicitando al tribunal de primer grado “informar si se está realizando el término probatorio en las causas, prueba testimonial y si existe protocolo especial para su desarrollo, en virtud del término de la excepción constitucional, para poder solicitar notificación de interlocutoria de prueba”.

El 6 de noviembre de 2021, el Consejo de Defensa del Estado dedujo el incidente de abandono del procedimiento, el cual fue acogido por el tribunal de primera instancia el 1 de junio de 2022; decisión que fue confirmada por la Corte de Concepción en alzada, al estimar que el demandante incurrió en actividad por más de seis meses.

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