Diario Constitucional

Recurso de nulidad rechazado.

Recoger una piedra de gran tamaño para guardarla en el bolsillo en un indicio habilitante para efectuar un control de identidad, resuelve la Corte Suprema.

La acción se efectuó en un sector de la comuna de Lo Espejo con alta tasa de robos a conductores aprovechándose de la congestión vehicular, hecho observado por personal policial de civil, que controló la identidad del actor, quien portaba un teléfono celular robado previamente a un chofer que circulaba por el lugar, lo que es indicio suficiente para ese control.

Por Redacción·19 de diciembre de 2022·3 min de lectura
Recoger una piedra de gran tamaño para guardarla en el bolsillo en un indicio habilitante para efectuar un control de identidad, resuelve la Corte Suprema.
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autor del delito consumado de robo con intimidación.

El día 12 de marzo de 2021, alrededor de las 18:15 horas, en el sector de la caletera Américo Vespucio, en la comuna de Lo Espejo, un sujeto junto a otro no identificado, abordaron a la víctima quebrándole un vidrio del automóvil que conducía con un objeto contundente ingresando el imputador la mitad del cuerpo al vehículo con la intención de sustraer un teléfono celular, forcejeando con la víctima quien fue intimidada por el otro sujeto, poniéndole un cuchillo a la altura del cuello, dándose a la fuga con el teléfono celular en su poder. Posteriormente, a eso de las 18:50 en el mismo sector de Américo Vespucio de la comuna de Lo Espejo, el imputado fue sometido a un control por parte de funcionarios de Carabineros, quienes se percataron que mantenía en su poder el teléfono celular de propiedad de la víctima, y que, además, portaba sin justificar razonablemente un cuchillo de 20 cm de longitud total; por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria, el condenado interpuso recurso de nulidad, invocando la causal establecida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso.

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