Diario Constitucional

Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Si la prestación de servicios recae sobre funciones específicas y acotadas en el tiempo, el vínculo entre las partes se regula según el Estatuto Administrativo.

El recurrente intentó obtener la declaración de relación laboral, no obstante, los elementos que señaló como indicios de laboralidad fueron considerados por el máximo Tribunal como parte de la natural preocupación que demuestra una persona a la que se ha encomendado una tarea específica a otra, y no sirven de sustento para invocar subordinación o dependencia hacia la demandada.

Por Redacción·28 de octubre de 2023·4 min de lectura
Imagen: www.dpglegal.es
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que acogió el recurso de nulidad presentado en contra del fallo de base, que hizo lugar a una demanda de tutela laboral deducida en contra de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AGCID).

El demandante sostuvo que fue contratado a honorarios por la demandada, vinculándose las partes, sin solución de continuidad, desde el 3 de noviembre de 2017 al 17 de mayo de 2020. Añade que prestó servicios retribuidos con una contraprestación mensual que obtenía previa entrega de un informe de actividades y la respectiva boleta, cumpliendo además jornada y horario; por lo tanto, la no renovación de su contrato vulneró su derecho a la libertad del trabajo.

El tribunal de primera instancia acogió la demanda, al considerar que en atención al principio “primacía de la realidad”, el demandante efectuaba labores propias del desarrollo del objeto de la AGCID, mediante la ejecución de sucesivos proyectos en beneficio de la comunidad, por lo que condenó a la demandada al pago de las indemnizaciones y recargos respectivos.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.