En fallo dividido.
CS rechazó recursos de unificación de jurisprudencia presentados en contra de la sentencia que acogió parcialmente la demanda por despido injustificado de funcionario del Ministerio de Bienes Nacionales.
El máximo Tribunal descartó infracción en la sentencia atacada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó los recursos de nulidad de las partes.

La Corte Suprema rechazó los recursos de unificación de jurisprudencia presentados en contra de la sentencia que acogió parcialmente la demanda por despido injustificado de funcionario del Ministerio de Bienes Nacionales.
La sentencia indica que, en efecto, y reafirmando lo sostenido en el motivo cuarto que antecede, esto es, que ostentando la sentencia que reconoce la existencia de una relación laboral un innegable carácter declarativo, procede aplicar la sanción de nulidad del despido frente a la constatación de no encontrarse enteradas las cotizaciones previsionales a la época del término de la vinculación.
La resolución agrega que, sin embargo, tratándose, en su origen, de contratos a honorarios celebrados por órganos de la Administración del Estado –entendida en los términos del artículo 1° de la ley 18.575–, a juicio de esta Corte, concurre un elemento que autoriza a diferenciar la aplicación de la referida institución, cual es que fueron suscritos al amparo de un estatuto legal determinado que, en principio, les otorgaba una presunción de legalidad, lo que permite entender que no se encuentran típicamente en la hipótesis para la que se previó la figura de la nulidad del despido.
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