Diario Constitucional

Tema

#CONTRATO DE ARRIENDO

Imagen: certramit.cl

Casación fondo rechazada

Corte Suprema confirma terminación de contrato de arriendo de maquinaria

Ratifica fallo que ordena pago de rentas y restitución de equipos. La Reconoce existencia de un contrato de arriendo de maquinaria, distinto a un previo acuerdo de prestación de servicios. Impone la obligación de pagar un mínimo diario por los equipos, independientemente de su uso efectivo. Declara la improcedencia de compensar deudas con multas de un contrato anterior ya finalizado.

10 de diciembre de 2025

www.linkedin.com

Incompetencia absoluta del tribunal.

Cláusula compromisoria no puede ser desconocida por el demandante a pretexto de que el contrato celebrado con una autopista término por vencimiento del plazo.

El recurrente accionó contra una autopista concesionada alegando incumplimiento en el deber de resguardo de su información personal, pero no concurrió ante un arbitro mixto para resolver el litigio -que era lo acordado en el contrato de arriendo de la televía-, asilándose en que la magistratura civil podía conocer la causa por haber terminado el contrato por la llegada del plazo, razonamiento desestimado por el máximo Tribunal.

11 de septiembre de 2023

imagen: legalicorp

Cláusula rebus sic stantibus.

Es inconstitucional normativa catalana dictada en pandemia que regula el arriendo de negocios al afectar la libertad contractual de las partes, resuelve el Tribunal Constitucional de España.

Estos contratos están sujetos a la autonomía de la voluntad y al principio de libertad de pactos, en los términos previstos en el Código Civil. En consecuencia, el respeto al principio de libertad de fijación de la renta forma parte de las bases de las obligaciones contractuales.

17 de febrero de 2023

CS rechazó unificación de jurisprudencia relativa a la aplicación de la teoría de los actos propios contra los trabajadores.

"Tratándose de una acción de cobro de una obligación de hacer debió extender la infracción de ley que denuncia".

CS declaró inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos en contra de la sentencia que rechazó la demanda de cumplimiento forzado de contrato de arriendo de estación de servicios de combustibles.

El máximo Tribunal descartó error de derecho en la valoración de la prueba que realizó la Corte de Apelaciones de Rancagua, al confirmar la resolución de primer grado que rechazó la demanda.

27 de abril de 2021