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#IMPUGNACION

TCP valida adjudicación de recolección de residuos en Padre Las Casas

Licitación municipal

TCP valida adjudicación de recolección de residuos en Padre Las Casas

Rechazó la impugnación contra la Municipalidad de Padre Las Casas, al concluir que no se acreditaron vicios que afectaran la legalidad del acto adjudicatorio, que las alegaciones referidas a las bases eran extemporáneas y que no existían antecedentes para calificar como temeraria la oferta seleccionada. Desestimó alegaciones sobre irregularidades en la aprobación del Concejo Municipal, publicación tardía de actos, omisión de informe técnico-económico, falta de justificación de diferencias de precio, supuesta temeridad de la oferta ganadora y ausencia de criterio de evaluación sobre programas d

06 de julio de 2026

TCP valida exclusión de oferta en licitación de convenio marco de alimentos por incumplimiento de requisitos de las bases

Compras públicas

TCP valida exclusión de oferta en licitación de convenio marco de alimentos por incumplimiento de requisitos de las bases

Rechazó una impugnación contra la Dirección de Compras y Contratación Pública y concluyó que la oferta fue correctamente declarada inadmisible por no acreditar, en los términos exigidos por las bases, la autorización para utilizar un local con resolución sanitaria vigente. El contrato aportado fue celebrado con un tercero distinto del titular de la autorización sanitaria

10 de junio de 2026

TCP acoge impugnación contra multa aplicada por retraso en entrega de accesorios de camas clínicas

Proporcionalidad en contratación

TCP acoge impugnación contra multa aplicada por retraso en entrega de accesorios de camas clínicas

Estableció que la multa aplicada por el Servicio de Salud resultó desproporcionada en relación con la entidad del incumplimiento contractual, toda vez que el retraso prolongado afectó únicamente accesorios de escaso valor económico y no los bienes principales adjudicados. Concluyó que la sanción fue impuesta mediante un criterio rígido y automático, vulnerando los principios de proporcionalidad y razonabilidad que deben regir el ejercicio de la potestad sancionatoria de la Administración

02 de junio de 2026

TCP acoge impugnación contra revocación de licitación de arriendo de maquinarias en Puente Alto

Estricta sujeción a bases

TCP acoge impugnación contra revocación de licitación de arriendo de maquinarias en Puente Alto

El órgano jurisdiccional estableció que el Concejo Municipal rechazó adjudicar al oferente mejor evaluado invocando motivaciones ajenas a las bases de licitación, transgrediendo el principio de estricta sujeción a las bases. La decisión se fundó en aspectos no contemplados en el pliego de condiciones, como la antigüedad de vehículos y supuestas deudas comerciales, omitiendo considerar que el oferente había obtenido el mayor puntaje total

23 de mayo de 2026

TCP declara ilegal adjudicación por validar oferta económica que no cumplía formato obligatorio de las bases

Impugnación acogida parcialmente

TCP declara ilegal adjudicación por validar oferta económica que no cumplía formato obligatorio de las bases

El órgano jurisdiccional estableció que el adjudicatario presentó un presupuesto detallado en una estructura propia que alteraba sustancialmente la matriz de costos exigida, incorporando gastos generales y utilidades no contemplados. Sin embargo, rechazó las alegaciones de la demandante sobre la evaluación de requisitos formales, al constatar que su oferta debió ser declarada inadmisible desde su origen por omitir un antecedente económico esencial

22 de mayo de 2026

TCP valida inadmisibilidad de oferta en licitación de convenio marco de alimentos por incumplimiento de requisitos de las bases

Impugnación rechazada

TCP valida inadmisibilidad de oferta en licitación de convenio marco de alimentos por incumplimiento de requisitos de las bases

El Tribunal descartó la ilegalidad en la actuación de la Dirección de Compras y Contratación Pública, señalando que el oferente no presentó un documento válido suscrito por el titular de la resolución sanitaria del local de alimentos, incumpliendo un requisito esencial de admisibilidad. El contrato aportado fue celebrado con un tercero distinto del titular de la autorización sanitaria

21 de mayo de 2026

TCP rechaza impugnación contra licitación y valida adjudicación a Correos de Chile

IVA no altera adjudicación

TCP rechaza impugnación contra licitación y valida adjudicación a Correos de Chile

El órgano descartó ilegalidad en el proceso de la Subsecretaría de la Niñez, señalando que la exención de IVA tiene respaldo legal y que la empresa estatal igualmente habría resultado adjudicada conforme a los criterios de evaluación. Evaluación se apegó estrictamente a las bases de licitación y a la normativa aplicable. Además, la impugnación de las bases por parte de la demandante fue declarada extemporánea

05 de mayo de 2026

Tribunal de Contratación Pública valida adjudicación de licitación del Hospital de Los Andes y rechaza impugnación de oferente

Acción de impugnación rechazada

Tribunal de Contratación Pública valida adjudicación de licitación del Hospital de Los Andes y rechaza impugnación de oferente

El órgano concluyó que la evaluación se realizó conforme a las bases y sin afectar la igualdad entre oferentes. Revisó la aplicación del criterio de “Visita a Terreno Planta de Producción del Oferente”, afirmando que la evaluación se apegó estrictamente a las bases de licitación y a la normativa aplicable. Además, la oferta demandante incumplió las bases al presentar modalidad “buffet” y platos gourmet, confirmando que la evaluación se ajustó a derecho descartando arbitrariedad en la actuación de la comisión

03 de mayo de 2026

Principio de la No formalización que rige supletoriamente la licitación permite concluir que no se vulneraron las bases del concurso y el principio de igualdad de los proponentes.

Tribunal de Contratación Pública

Principio de estricta sujeción a las bases administrativas y técnicas no siempre presenta un carácter absoluto y en algunos casos se debe atender a las circunstancias especiales que se presenten al resolver el proceso licitatorio

En términos prácticos, significa aplicar en forma adecuada y armoniosa el principio de estricta sujeción a las bases con el principio de no formalización de los actos administrativos, por lo que si la entidad licitante constata una contradicción entre ambos debe decidir según las circunstancias de cada caso, haciendo siempre prevalecer el interés público por sobre el interés privado, evitando un análisis meramente formalista del proceso y centrando su examen y decisión en la eficacia del mismo

03 de febrero de 2024

Principio de la No formalización que rige supletoriamente la licitación permite concluir que no se vulneraron las bases del concurso y el principio de igualdad de los proponentes.

Tribunal de Contratación Publica acoge impugnación

Para considerar una oferta valida la garantía de seriedad de la oferta se debe presentar cumpliendo estrictamente lo que exigen las Bases de Licitación

Estas exigían que únicamente en el caso que se ofertase por todas las líneas de adjudicación se podía presentar un solo documento de garantía por el total que el mismo pliego de condiciones señala, pero en los demás casos se debía acompañar un instrumento de garantía por cada línea ofertada por los montos que en cada una de ellas indicaban las referidas bases de licitación

25 de enero de 2024

Principio de la No formalización que rige supletoriamente la licitación permite concluir que no se vulneraron las bases del concurso y el principio de igualdad de los proponentes.

Tribunal de Contratación Pública

Modificar un acta de evaluación sin invalidar el procedimiento licitatorio deviene en una adjudicación ilegal y arbitraria

A pesar de declararse ilegal y arbitraria la adjudicación, por no sujetarse a las bases ni a la normativa aplicable, la impugnación no produce un efecto anulatorio ipso iure. El juez debe sopesar las circunstancias y establecer las medidas que estime pertinentes para reestablecer el imperio del derecho, pudiendo tener en cuenta que la errónea adjudicación deviene en un contrato al que resta un lapso menor de ejecución, y cuyos servicios son prestados por un proveedor de buena fe.

24 de enero de 2024

Reclamación contra sentencia del Tribunal de Contratación Pública se desestima por la Corte de Santiago. Se funda en meras apreciaciones sin especificar con precisión la forma como se produce la ilegalidad o la arbitrariedad de la sentencia impugnada.

Reclamación rechazada.

Reclamación contra sentencia del Tribunal de Contratación Pública se desestima por la Corte de Santiago. Se funda en meras apreciaciones sin especificar con precisión la forma como se produce la ilegalidad o la arbitrariedad de la sentencia impugnada.

La acción de reclamación tiene como propósito revisar la legalidad del proceso licitatorio, denunciando y probando la transgresión a la normativa que lo rige, las ilegalidades o arbitrariedades en que pudo incurrirse, pero en este caso el Tribunal ajustó su actuar a la Ley N° 19.886, sin que su decisión pueda calificarse como contraria a derecho.

10 de enero de 2024

«Protocolo Prueba Práctica de Calzado» no falta a la objetividad ni transparencia, se exige por las Bases de la Licitación y debe ser cumplido con estricta sujeción a las bases garantizando la igualdad entre los oferentes.

Tribunal de Contratación Pública.

«Protocolo Prueba Práctica de Calzado» no falta a la objetividad ni transparencia, se exige por las Bases de la Licitación y debe ser cumplido con estricta sujeción a las bases garantizando la igualdad entre los oferentes.

El Tribunal de Contratación Pública rechazó la acción de impugnación contra la Resolución Exenta N°182-2023 que aprobó las Bases Administrativas del concurso “Adquisición de zapato elasticado planta goma para Carabineros de Chile”.

28 de diciembre de 2023

Imagen: blogs.ugto.mx

Tribunal de Contratación Pública.

La asignación de puntajes para ponderar los criterios de evaluación establecidos por las bases constituyen aspectos de mérito, conveniencia y oportunidad que solo le compete calificar a la Comisión Evaluadora.

De acogerse la tesis de la reclamante no solo se habría conculcado el principio de estricta sujeción a las bases, sino también el principio de igualdad de los oferentes, puesto que dicho oferente habría quedado en situación de privilegio frente al resto de los proponentes.

17 de diciembre de 2023

Imagen: Ministerio de Salud

Hospital de Villarrica.

Si el adjudicatario no acompaña la garantía de fiel cumplimiento ni el contrato firmado dentro de plazo la entidad licitante puede readjudicar la licitación a otro oferente que cumpla las bases.

La entidad licitante no incurrió en un acto arbitrario o ilegal al readjudicar la licitación a un oferente que cumplió las bases de licitación y el principio de estricta sujeción a las mismas establecido por el inciso 3° del artículo 10 de la Ley N°19.886.

11 de julio de 2023