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Corte Suprema

Cierre de acceso y expulsión de rebaño de predio arrendado vulneran derecho de propiedad

El arrendatario denunció la expulsión ilegal de 100 vacas lecheras y el cierre no autorizado del acceso al predio. El contrato de arriendo está vigente hasta 2026, pese a cambios de propietario. Recurridos alegaron deudas de arriendo y daños al predio, pero actuaron sin autorización judicial. Corte Suprema ordenó restituir acceso a terreno y ganado expulsado ilegalmente. La acción constituye vías de hecho que importa una vulneración al derecho de propiedad del recurrente, en lo que respecta a la normal ejecución del contrato de arriendo.

25 de junio de 2025

geometra-experto.com

Corte Suprema confirma fallo

Alteración de deslindes sin resolución judicial previa constituye un acto de autotutela que vulnera el derecho de propiedad.

El obrar del recurrido quebrantó el statu quo existente al momento en que adquirió el inmueble, lo que deriva del acto de autotutela consistente en modificar y cambiar de lugar el cerco divisorio colindante con la propiedad de la actora, sin su participación ni consentimiento, deviniendo en un acto arbitrario, al no contar con resolución judicial previa.

26 de febrero de 2025

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Corte Suprema confirma fallo

Alteración de deslindes de un predio mediante vías de hecho constituye un acto ilegal y arbitrario.

Es un hecho no controvertido que el recurrido ha modificado los deslindes por su propia mano, aun cuando tenga los derechos que ha alegado, las vías de hecho han modificado el estatus quo entre las partes, no siendo la vía correcta, debiendo el recurrido ejercer las acciones legales pertinentes, ya que la alteración por vías de hecho es un supuesto suficiente para hacer procedente la tutela cautelar de urgencia que implica la acción de protección.

15 de febrero de 2025

amazon.com

Recurso de protección acogido por

Destrucción de puente de acceso al predio de la recurrente constituye un acto de autotutela ilícito.

El recurrido, como titular de la propiedad, tiene el derecho a disponer de su predio, incluso de manera arbitraria, siempre que no infrinja la ley o los derechos ajenos, según lo dispuesto en el artículo 582 del Código Civil. Además, el artículo 844 del mismo código le otorga al propietario el derecho de cerrar su predio, sin que ello sea ilegal o arbitrario mientras no afecte servidumbres constituidas a favor de otros predios, refiere el voto en contra.

11 de febrero de 2025

Imagen: aldiaargentina.microjuris.com

Actuación por vías de hecho.

Ingreso por la fuerza a un domicilio para “desocuparlo porque soy el comprador” es un acto de autotutela ilícita, resuelve la Corte Suprema.

Pese a existir una orden judicial que le ordenó a la recurrente entregar el sitio a la comunidad de herederos dueña del inmueble, el recurrido -y según él- futuro comprador del mismo, ingresó por la fuerza a la propiedad para desalojar a la actora en virtud del acuerdo que poseía con la comunidad para la venta del sitio, hecho que alteró el estatus quo mediante el uso de vías de hecho proscritas por la ley.

07 de abril de 2024

Empresa forestal debe retirar portón que instaló para impedir el acceso de vecinos a sus predios.

Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.

Empresa forestal debe retirar portón que instaló para impedir el acceso de vecinos a sus predios.

El máximo Tribunal estimó que la instalación de un portón por parte de la recurrida, es una vía de hecho para hacer justicia por mano propia, debido a la discordancia sobre si dicha franja es o no un camino de servidumbre, por lo tanto, mientras no exista una sentencia firme que lo ordene, la empresa no puede impedir que los recurrentes utilicen el camino para acceder a sus inmuebles.

04 de marzo de 2024

fuente: pngtree.com

Recurso de protección acogido.

Cerrar el único camino de acceso hacia el predio de un particular que lo utiliza hace 50 años, es un acto de autotutela, resuelve la Corte Suprema.

La recurrida cerró con portón y candados el único camino que comunica al actor con la vía principal, el cual es utilizado por él hace más de 50 años. El máximo Tribunal sostuvo que no resulta lícito a la recurrida valerse de vías de hecho para zanjar cualquier disputa que mantenga con el recurrente, alterando el statu quo anterior a dicha actuación.

04 de diciembre de 2023