Diario Constitucional

Actuación por vías de hecho.

Ingreso por la fuerza a un domicilio para “desocuparlo porque soy el comprador” es un acto de autotutela ilícita, resuelve la Corte Suprema.

Pese a existir una orden judicial que le ordenó a la recurrente entregar el sitio a la comunidad de herederos dueña del inmueble, el recurrido -y según él- futuro comprador del mismo, ingresó por la fuerza a la propiedad para desalojar a la actora en virtud del acuerdo que poseía con la comunidad para la venta del sitio, hecho que alteró el estatus quo mediante el uso de vías de hecho proscritas por la ley.

Por Redacción·07 de abril de 2024·2 min de lectura
Imagen: aldiaargentina.microjuris.com
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Puerto Montt, que acogió el recurso de protección interpuesto en contra de un sujeto que ingresó al domicilio de la recurrente y la desalojó, alegando ser el futuro comprador de la propiedad.

La recurrente indica que es la ocupante de un predio urbano, que regularizó según el procedimiento del D.L. Nº2.695, y cuya inscripción se encuentra en proceso de trámite en el Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt.

Sin embargo, el 15 de septiembre de 2023, fue obligada a abandonar el inmueble por el recurrido, que arribó con Carabineros al lugar, esgrimiendo actuar como comprador del predio, cambiando las chapas e impidiendo el reingreso de la recurrente a su casa.

Comentarios (2)

  1. Juan

    De todo hay en la viña del señor,creo que falta cobrar indemnización .

  2. Olimpiu Marin

    robo legalizado

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