Confirió traslado a las partes de la gestión pendiente.
Norma que faculta al juez en sede de tutela laboral a decretar el reintegro de una funcionaria municipal a la que se le puso término a su contrata, será examinada por el Tribunal Constitucional en sede de inaplicabilidad.
El municipio estima que aplicarle dicho precepto afecta su autonomía como ente municipal y desconoce la normativa especial en la materia.

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 495 N°3, del Código del Trabajo.
La disposición legal impugnada establece:
“La sentencia deberá contener, en su parte resolutiva:
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