Diario Constitucional

Se confirió traslado a las partes de la gestión pendiente.

Norma que impone sanciones a quienes contraten con el Estado e infrinjan derechos fundamentales de sus trabajadores, será examinada en sede inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.

El requirente estima que la sanción establecida es desproporcionada e inimpugnable, lo que afecta gravemente sus garantías constitucionales

Por Redacción·30 de enero de 2022·3 min de lectura
Norma que niega el recurso de apelación en contra de la resolución que fije los puntos de prueba en procedimientos de declaración de elusión tributaria, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 4°, inciso primero, segunda frase, de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; y 495, inciso final, del Código del Trabajo.

Las disposiciones legales citadas establecen:

“Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.” (Art. 4 inciso 1º).

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